Por: Angélica Bermúdez
Armenia es la ciudad donde más comparendos ambientales se han impartido por parte de las autoridades, cerca de 319 personas y empresas han sido llamadas a relación por infringir la normatividad en materia de ambiente.
Cabe recordar que los comparendos ambientales están establecidos en la Ley 1259 reforzada con la Ley 1466 donde las autoridades podrán imponer sanciones a quienes infringen lo establecido.
Dentro de las conductas sancionadas se encuentran: Sacar los residuos en horarios no autorizados por la empresa prestadora del servicio, No usar los recipientes o demás elementos dispuestos para depositar los residuos, disponer residuos sólidos y escombros en sitios de uso público no acordados ni autorizados por autoridad competente, disponer residuos sólidos y escombros en bienes inmuebles de carácter público o privado, como colegios, centros de atención de salud, expendios de alimentos, droguerías, entre otros, arrojar residuos sólidos y escombros a fuentes de aguas y bosques, lavar y hacer limpieza de cualquier objeto en vías y áreas públicas, actividades estas que causen acumulación o esparcimiento de residuos sólidos e inclusive arrojar residuos sólidos desde un vehículo automotor o de tracción humana o animal en movimiento o estático a las vías públicas, parques o áreas públicas. Estas son algunas de las conductas por las cuales más de 479 ciudadanos y empresas han sido sancionados inicialmente con un comparendo pedagógico que de ser reincidente podría convertirse en pecuniario.
El municipio de Montenegro reporto 28 comparendos ambientales en su gran mayoría por el mal manejo de los desechos de los perros o gatos y los cuales sus amos no recogen y dejan en vía pública. Infracción estipulada en la Ley 1466.
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