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El proyecto de acuerdo que busca ajustar el Plan de Ordenamiento Territorial POT, con el fin de incorporar predios del área rural al perímetro urbano para construcción de vivienda de interés social y prioritario, es un ejemplo de transparencia y equidad.

Carlos Alberto Mendoza Parra, director del Departamento Administrativo de Planeación Municipal, resaltó que este proceso ayuda a satisfacer las necesidades de expansión urbana del municipio, tiene en cuenta las acotaciones del gremio constructor, ayuda a cumplir las metas del Plan Nacional de Desarrollo y cumple la legislación relacionada con el ordenamiento territorial.

El funcionario dijo que el proyecto es equitativo porque contribuye a garantizar la construcción de vivienda digna de las personas con menos posibilidades de acceder a ella, aunque aclaró que, en este caso, la responsabilidad de la  administración municipal solo es habilitar los suelos, mientras que la del gobierno nacional es direccionar los proyectos de vivienda.

Frente al tema de desarrollo urbano, precisó que el año pasado se hizo una convocatoria pública, que se difundió por los medios masivos de comunicación y que se socializó con los constructores en diferentes escenarios.

“Todas las personas que hubiesen querido incluir sus predios para desarrollar proyectos de vivienda de interés social, pudieron haberlo hecho. No hay sesgo de desigualdad, ni de direccionamiento, lo que se hace es un ejercicio transparente que fue exaltado por el Ministerio de Vivienda y por el DNP porque Armenia fue el único municipio que realizó una convocatoria pública para garantizar tal igualdad”.

El director de Planeación Municipal agregó que no hubo afán injustificado en la presentación del proyecto, a tal punto que, el año pasado, se acabó el periodo administrativo y el Concejo Municipal no lo había aprobado.

Con respecto a la conexión de los servicios públicos para los predios, aseguró que están todos los documentos, que exige el decreto 1537, en el que se establece que se debe garantizar la conexión a energía, acueducto y alcantarillado.

Por último, explicó que el decreto 1537 establece que, para esta clase de ajustes del POT, es la propia Administración Municipal, la que funge como autoridad ambiental y no las corporaciones autónomas.

“Sin embargo, en la Administración Municipal, en aras de garantizar la protección de los recursos naturales, pedimos unos estudios muy amplios sobre la caracterización de las condiciones del suelo para poder desarrollar proyectos de vivienda”, puntualizó el funcionario.

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