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Eje Noticias conoció nuevos detalles sobre la brutal agresión que vivió Derly Johana Rivera Piñeros, de 28 años de edad en el barrio Portal del Edén en Armenia.

Por: Nelson Murillo E.

Horror produjo en el Quindío el caso de la joven Derly Johana Rivera Piñeros. El caso pasó a ser noticia nacional aún más cuando se supo que a pesar de la golpiza que recibió por parte de su compañero sentimental, Diego Andrés Cardona González. Johana recibió patadas y puños en la cara y puntazos con un cuchillo de cocina en la cara, los brazos y las piernas. Pero a pesar de la brutal agresión, Cardona González fue enviado a la casa de su mamá y no a la cárcel como la Fiscalía esperaba.

¿Qué faltó?

El examen legista. La ausencia del documento afecta la presentación del escrito de acusación de la Fiscalía y por ende las medidas de aseguramiento que pueda tomar el juez. Solo tres días después que se aplicó la casa por cárcel se supo que la víctima tuvo 15 días de incapacidad por Medicina Legal.

¿Qué más pasó?

Diego Andrés Cardona González fue defendido por un abogado de la Defensoría del Pueblo. A juicio de las personas que estuvieron en las audiencias de legalización de captura, imputación de cargos y medida de aseguramiento contra el agresor, el juez compartió la posición de la Defensa.

A su vez, la defensa del joven agresor indicó estar de acuerdo con la medida privativa de la libertad, pero no intramural. El abogado de la Defensoría solicitó que fuera en el lugar de residencia de la progenitora del agresor conforme con el Artículo 307 literal A, numeral 2 del Código de Procedimiento Penal Colombiano, ya que se cumplía la finalidad de la medida. Dicho literal señala que “Detención preventiva en la residencia señalada por el imputado, siempre que esa ubicación no obstaculice el juzgamiento”. En otras palabras, el agresor podía estar en la casa de la mamá porque esto no dificultaba su juzgamiento.

En este punto también se mencionó el Artículo 314 del mismo Código en el que se determina que “la detención preventiva en establecimiento carcelario podrá sustituirse por la del lugar de la residencia en los siguientes eventos: (entre otras) Cuando para el cumplimiento de los fines previstos para la medida de aseguramiento sea suficiente la reclusión en el lugar de residencia, aspecto que será fundamentado por quien solicite la sustitución y decidido por el juez en la respectiva audiencia de imposición, en atención a la vida personal, laboral, familiar o social del imputado”.

Al cierre de esta edición se esperaba que un juez penal del circuito fallara sobre la apelación presentada por la Fiscalía en este triste caso.

¿Cómo están los casos de Violencia de Género en el Quindío?

De acuerdo con cifras que maneja la Defensoría del Pueblo en el Quindío, durante el 2016 se han registrado 138 casos de abuso sexual; 659, de violencia física; y 234 de violencia sexual contra las mujeres. Para Adriana Quiroga, de la red de mujeres para la Defensa del Territorio, lo más inquietante es que hay sub registro de los casos y que la violencia contra la mujer se ve en esta región como un tema normal.

 

 

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