Oportunidad para analizar este tema que genera titulares de prensa cuando se alude a millonarias demandas contra el Estado, sobresaliendo las instauradas contra la Fiscalía General de la Nación ,por detenciones injustas y arbitrarias demostradas al finalizar el respectivo proceso con evidentes errores jurisdiccionales, como las presentadas contra las entidades de seguridad social ( Colpensiones).

El ciudadano cuando se siente afectado por un proceder irregular de los agentes del estado , le asiste el derecho para reclamar la reparación por esa actuación soportada en una desviación de poder ,un abuso de la función pública u otra causal consagrada en las normas jurídicas.

Lo relevante de estos casos no es la condena al estado que es obligado a resarcir al afectado, sino la responsabilidad del funcionario que actúa de manera ilegal , cuando rechaza un derecho claro, cierto y exigible, vulnerando normas sustantivas y jurisprudenciales vigentes, como sucede a diario en materia de pensiones al permitir que se ponga en acción el engranaje judicial , derecho que bien pudo haber sido reconocido en la instancia gubernativa o administrativa, sentencia que culmina con intereses moratorios y reajustes con pago retroactivo erogaciones que salen del presupuesto nacional .

En buen romance, la administración es condenada a pagar lo que desde el primer día de la reclamación se sabía que debía.
Ese comportamiento negligente del funcionario o las famosas directrices internas irrazonable son las que debieran ser investigadas sumariamente para el inicio de la acción de repetición contra esos funcionarios indolentes que mucho daño le hacen a la estructura oficial por presuntos detrimentos patrimoniales, fuera de las denuncias penales por estar incuso en el delito de prevaricato por omisión.

De allí que se sostenga que es el Estado responsable en un alto porcentaje de la congestión judicial tanto en la jurisdicción laboral como en la contenciosa administrativa , me remito a las estadísticas de los organismos competentes , que aluden a la congestión judicial.
Cuando de verdad opere la acción de reparación directa y se produzcan fallos tanto penales como fiscales contra aquellos voceros oficiales que por necedad, ignorancia o prepotencia desconocen a sabiendas derechos legítimos y ciertos, se dará inicio a una nueva etapa que evitaría la prolija litigiosidad contra el Estado, hoy contra las cuerdas por los escándalos de corrupción al más alto nivel, donde el cohecho , el soborno, el prevaricato, tráfico de influencias , son temas que se denuncian reiteradamente a la espera de resultados judiciales, que nos hace recordar el versículo de la biblia ” si la sal se corrompe, quién salará la tierra”, en el caso presente la sal es el Estado en sus tres ramas del poder público.

ADENDA. Varias vacantes se presentarán en las altas corporaciones judiciales, Consejo de Estado, Consejo Superior, Corte Constitucional.

Oportunidad para que a dichas posiciones lleguen profesionales del derecho por su experiencia en dicho campo , amplio conocimiento de la materia para la que se aspira y no a través del padrinazgo político .

Juristas, más no lobistas.

Una justicia sana, vigorosa, como eficiente, enaltece la democracia.

ADENDA DOS. La pregunta que a diario se formulan tanto usuarios de la justicia , como litigantes es: ¿porqué mi proceso tan demorado? ¿ Será que ese tema que toca con el ciudadano de a pié que busca un pronunciamiento judicial fue abordado por la comisión que plantea reformas al sistema judicial colombiano.?

*Ex magistrado

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Por EL EJE