De acuerdo al Decreto 1609 del 27 diciembre de 2024, emitido por el Gobierno Nacional, el avalúo catastral se reajustará anualmente a partir del 1 de enero de cada vigencia, de acuerdo al porcentaje determinado por este mismo, el cual no podrá ser superior a la meta de la inflación para el año en que se define el incremento.

Este ajuste deberá ser realizado en la base de datos que tiene la oficina de Catastro Municipal para luego ser enviado a la oficina de Tesorería e iniciar a expedir los recibos del impuesto Predial, cumpliendo con el decreto emitido por el Gobierno Nacional.

A partir de la última semana enero y primeros días de febrero del presente año, la Secretaría de Hacienda a través de su gestor catastral estará operando normalmente en cuanto a actualización de su base catastral, tanto alfanuméricas como geográficas, para así estar emitiendo la liquidación y facturación del predial unificado, tal cual como se ha venido presentado cada año.

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Por EL EJE