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El código de rentas, aprobado por el Concejo mediante el acuerdo 017 de 2012, contiene 4 artículos que benefician a los empresarios (nuevos y preexistentes) que generen puestos de trabajo para los armenios. 

Según el tesorero municipal, Luis Albeiro Torres, se trata de beneficios representados en descuentos hasta del 100 % en los impuestos, que aunque, a la fecha, muchos empresarios los han aprovechado, muchos otros los desconocen. Por tal razón, el funcionario se dio a la tarea de explicar las condiciones particulares de cada oportunidad tributaria. 

Artículo 182: Descuentos para empresas preexistentes

Las empresas industriales, comerciales o de servicios localizadas físicamente en la jurisdicción de Armenia desde antes del 1 de enero de 2012 (año en que se aprobó el acuerdo), que generen 30 o más nuevos empleos directos con vinculación laboral permanente, estarán exentas del 25 % del impuesto de Industria y Comercio durante 5 años, a partir de la fecha en que realicen la solicitud.

“Estas empresas deberán acreditar que, como mínimo, el 80 % de los nuevos empleos generados corresponden a habitantes del municipio de Armenia. Este requisito es muy importante, porque de no ser así se perdería la exención”, precisó el tesorero.

Artículo 183: Exoneraciones para la nueva industria

Los nuevos establecimientos industriales que generen hasta 20 empleos directos permanentes quedarán exentos del pago del 70 % de los impuestos Industria y Comercio y Predial durante 5 años.

Para las industrias que generen más de 20 empleos directos permanentes, el beneficio se aplicará sobre el 100 % y por 10 años, a partir de la fecha de la solicitud.

Igualmente, las que se instalen directamente en la zona industrial del municipio gozarán de la exención del pago del impuesto de Industria y Comercio, por un mínimo de 7 años, a partir de la fecha del traslado.

Artículo 184: Exenciones para el comercio

El código de rentas también contempla beneficios para las nuevas empresas del sector comercio o servicios que se establezcan en el municipio y que generen hasta 5 empleos directos permanentes.

“Estas tendrán derecho a la exención del 50 % del impuesto de Industria y Comercio durante el primer año de la actividad. Las que generen entre 6 y 20 empleos quedarán exentas del 70 %, durante los primeros 7 años de actividad. De igual manera, las empresas comerciales que generen más de 20 puestos de trabajo directos y permanentes tendrán derecho al 100 % del descuento durante 10 años”, explicó.

Es indispensable que el 80 % de los empleos generados sea para habitantes del municipio de Armenia.

Artículo 185: Exenciones

Los contribuyentes del impuesto de Industria y Comercio que empleen a personal discapacitado por término indefinido, podrán deducir del total de los ingresos gravables, percibidos en cada periodo, el valor pagado por concepto de nómina a estos empleados.

De acuerdo con el tesorero, los interesados en conocer más a fondo todas estas exenciones deberán acudir al departamento municipal de Hacienda, localizado en el primer piso del Centro Administrativo Municipal, CAM.

Además indicó que es necesario resaltar que la Junta Municipal de Impuestos es la entidad encargada de estudiar cada caso y conceder o no, los beneficios tributarios.

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Por EL EJE