Bogotá, septiembre de 2022_RAM_ En un concepto enviado a la Corte Constitucional, el Ministerio de Justicia advirtió que la virtualidad total en la justicia penal no daría elementos suficientes a los jueces para tomar una decisión sobre un proceso.
El Ministerio señaló que la virtualidad en la justicia penal deberá ser evaluada por el juez de cada caso, quien decidiría si se amerita llevar el proceso presencialmente o en la virtualidad.
“Por estar en juego la inocencia o condena del acusado, (…) debe corresponder al juez como director del proceso y en aras de establecer la certeza necesaria sobre la verdad procesal, estar facultado para que cuando lo considere idóneo, necesario y conveniente, a fin de formar un juicio valorativo sobre la prueba, que ésta se realice de forma presencial”, se lee en el concepto.
Para el Colegio de Abogados Penalistas de Colombia, el Ministerio le está dando la espalda a la justicia penal que podría ser excluida de la virtualidad.
“El Colegio de Abogados Penalistas de Colombia lamenta la intervención del Ministerio de Justicia (…) El mismo Ministerio que ayer nos apoyó decididamente para sacar adelante este proyecto de ley hoy le da la espalda al país y pide que las audiencias penales sean presenciales por creer que esto facilita el falso testimonio a partir de prejuicios y sin verificar las estadísticas”, dijo la entidad.
El concepto el Ministerio se entregó a la Corte Constitucional, en el marco del estudio de una demanda contra la ley (2213 de 2022) que permite continuar con la justicia virtual pero que, según el colegio, excluye a la justicia penal.
“Abre paso a la estratificación de la justicia en donde los asuntos de familia, laborales, comerciales, civiles y arbitrales son virtuales ágiles sin trámites y económicos, mientras que hay una justicia que corresponde a la penal, que resulta escrita, presencial, demorada, oculta y onerosa”, se señala en la demanda.
El 8 de junio, Cámara y Senado co
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