Con el fin de propiciar la transparencia y la buena conducta durante las elecciones de este 2 de octubre, los ciudadanos designados como jurados de votación son servidores públicos transitorios, ya que su cargo reviste gran importancia para la democracia en Colombia. Los jurados de votación son actores fundamentales en la histórica fecha, en la cual se pretende refrendar, mediante plebiscito, el acuerdo final para la terminación del conflicto y la construcción de una paz estable y duradera entre el gobierno colombiano y la guerrilla de las Farc.
En este propósito, las actuaciones de los jurados de votación deben estar enmarcadas en los principios de transparencia e imparcialidad, dando el debido cumplimiento del código único disciplinario o Ley 734 de 2002, en el cual se prevé la posibilidad de disciplinar a los particulares que, entre otras actividades, ejercen funciones públicas.
Las siguientes son las funciones que deben cumplir los jurados de votación para garantizar el libre sufragio de los ciudadanos:
1) Identificar al votante.
2) Verificar que esté incluido en el censo de mesa o listado de sufragantes.
3) Diligenciar los datos del elector en el acta de instalación y registro general de votantes.
4) Firmar y entregar la tarjeta electoral.
5) Pedir al elector que se dirija al cubículo, para que realice la marcación en la tarjeta y posteriormente la doble de tal forma que la firma del jurado quede a la vista.
6) Solicitar al elector que le permita observar la firma, antes de introducir la tarjeta en la urna.
7) Devolver la cédula de ciudadanía al lector.
Las personas que sin justa causa no concurran a desempeñar las funciones o las abandonen serán sancionadas, previo al debido proceso, y dando cumplimiento al Código Único Disciplinario. A los servidores públicos se les destituye del cargo, a los ciudadanos que estén cumpliendo su rol como servidores públicos transitorios se les multará hasta 10 salarios mínimos legales mensuales vigentes. Los jurados de votación que no firmen las actas respectivas, se les impondrá la misma multa.
El cargo de jurado de votación es de forzosa aceptación y asignado por la Registraduría Nacional del Estado Civil, labor otorgada por la Constitución y la Ley que confiere a los jurados de votación la distinción de ser los representantes de la sociedad civil en una elección.
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