Echeverri-Guido-recienteLa decisión la tomó el Consejo de Estado al aceptar una demanda que busca la nulidad de su elección.

La Sección Quinta del Consejo de Estado suspendió provisionalmente al gobernador de Caldas, Guido Echeverri Piedrahita.

La decisión la tomó la magistrada Lucy Jeannette Bermúdez mientras estudia de fondo una demanda que fue radicada contra su elección en la cual se argumenta que estaba inhabilitado para ejercer dicho cargo pues la reelección no se permite para gobernadores.

Según se conoció, en las últimas horas ese alto organismo jurisdiccional de lo contencioso administrativo emitió un auto, en atención a la solicitud presentada por los accionantes. Sinembargo, esa es una decisión temporal, mientras se falla de fondo.

No obstante, esa decisión no ha sido ejecutoriada, hasta tanto se notifique, y además, porque es susceptible del recurso de reposición o apelación, por lo que la suspensión en el cargo del Gobernador de Caldas, no puede hacerse efectiva.

La demanda de nulidad electoral fue presentada porque Echeverri Piedrahita estaba impedido para ser candidato y elegido Gobernador, al considerarse que fue reelecto, lo cual es prohibido por la Constitución Política, por cuanto había sido elegido antes para el periodo 2012-2015, así se le haya declarada nula esa elección por la inhabilidad generado al haber ejercido su esposa Ana María Jaramillo, la Secretaria de Hacienda de Manizales, un año antes de esa primera elección.

En fallo tomado por conjueces, la Sección Quinta afirma que él fue elegido para el periodo pasado y se le anuló la elección por violación al régimen de inhabilidades y ahora volvió a salir reelegido.

Primera elección

En este caso en concreto se estudia el hecho de que Echeverry fue elegido gobernador para el periodo 2012 – 2015, luego de que su primera elección fue anulada tras comprobarse que su esposa Ana María Jaramillo Hurtado, se desempeñaba como asesora de la Secretaría de Hacienda de Manizales, por lo que decidió presentarse de nuevo para el periodo 2016 – 2019, pero a juicio del demandante estaría incurriendo en una falta pues no se permite la reelección.

Hay que señalar que en mayo de 2013 el Consejo de Estado anuló la elección del gobernador por violación al régimen de inhabilidades.

Los conjueces confirmaron la determinación que el Tribunal Contencioso Administrativo de Caldas tomó el 3 de julio de 2012 y que declaró la nulidad de los actos que lo eligieron.

Esto, porque su esposa, Ana María Jaramillo, ejerció como Secretaria de Hacienda encargada en la Alcaldía de Manizales durante el año previo a la elección.

En contexto

Consejo de Estado admitió las dos demandas

RCN Radio Manizales

El Consejo de Estado, admitió las dos demandas en contra del Gobernador de Caldas, Guido Echeverry Piedrahíta en las que se pide la nulidad de su elección y asignó los magistrados ponentes

RCN Radio en Manizales, conoció de primera mano, que las dos demandas que se conocen se interpusieron en contra del electo gobernador de Caldas, Guido Echeverry Piedrahíta, fueron admitidas por el Consejo de Estado y desde el pasado 4 de Febrero comenzaron sus respectivos análisis.

El equipo periodístico de RCN Radio en la capital de Caldas, conoció que una de las demandas, la presentó el abogado samario, Rafael Calixto Toncel Gaviria, quien curiosamente representó jurídicamente al propio mandatario de los caldenses, en su primer período y cuando también fue demandada su elección.

La actual demanda en calidad de ciudadano, ha cursado varios trámites, como la asignación al magistrado Alberto Yepes Barreiro, la admisión y han ordenado igualmente la notificación, entre otras entidades, al Consejo Nacional Electoral.

Como sustento de la demanda, Rafael Calixto Toncel Gaviria, alegó que el acto acusado se encuentra viciado de nulidad, toda vez que el Gobernador elegido está inmerso en la inhabilidad consagrada por el artículo 303 Superior de conformidad con la cual: “Los gobernadores serán elegidos popularmente para períodos institucionales de cuatro (4) años y no podrán ser reelegidos para el período siguiente”.

El demandante pone de presente que el actual Gobernador del Departamento de Caldas, recientemente elegido para el periodo 2016-2019, previamente había sido elegido para el periodo 2012-2015 por lo que está inmerso en la prohibición especial que al efecto establece la Constitución Política.

Porqué la demanda está en el Consejo de Estado y no en el Tribunal Administrativo de Caldas?

El demandante advirtió en su escrito,  que según las actuales normas de competencia aplicables al asunto, el trámite y decisión de este tipo de controversias electorales radicaban, a partir de la entrada en vigencia de la Ley 1437 de 2011, en la Sección Quinta del Consejo del Estado en única instancia, razón por la cual solicitó remitir a esta Corporación el expediente de la referencia.

Fue así como  el Tribunal Administrativo de Caldas, declaró su falta de competencia y ordenó a su secretaría el traslado a la Sección Quinta del Consejo de Estado.

Dos hechos quizás curiosos, o importantes caracterizan esta demanda:

1- Que el demandante quien lo hace como ciudadano, el señor Rafael Calixto Toncel Gaviria, fue paradójicamente, el abogado de Guido Echeverry Piedrahíta en la pasada demanda de su elección.

Él, lo representó en la primera instancia, que la resolvió el Tribunal Administrativo de Caldas, cuando era de su competencia y cuya decisión fue en contra del entonces Gobernador; Ya para la segunda y definitiva instancia ante el Consejo de Estado, el señor Guido Echeverry Piedrahíta se valió de los servicios de Humberto de la Calle Lombana, hoy  el negociador del Gobierno con las Farc; La decisión del Tribunal, fue confirmada por el Consejo de Estado.

Y el segundo hecho curioso o coincidencial es el siguiente:

Al magistrado ponente que le corresponde definir la demanda presentada por Rafael Calixto Toncel Gaviria, es el Doctor Alberto Yepes Barreiro, el mismo que presentó ponencia de nulidad de la elección de Guido Echeverry Piedrahíta, en aquel proceso sustentado en que su esposa había ocupado como titular, la Secretaría de Hacienda del municipio, durante dos días.

La otra demanda, presentada por el Abogado Miguel Antonio Cuesta Monroy, sólo ha surtido dos trámites. Le fue asignada a la Magistrada Lucy Jeannette Bermúdez Bermudez.

Este proceso es mucho más complejo y por consiguiente demorado, porque en la demanda el abogado Cuesta Monroy, solicitó la suspensión provisional del cargo de Gobernador de Guido Echeverry Piedrahíta.

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